Usted contestó “no” en su N-400. Lo repitió bajo juramento en la entrevista. Ahora USCIS le envía una Solicitud de Evidencia (RFE) exigiéndole una constancia certificada de la autoridad electoral de cada ciudad, condado y estado donde haya vivido, que pruebe que nunca se registró para votar y que nunca votó.
La mayoría de las personas que reciben estas RFE jamás se han acercado a una boleta. El gobierno no tiene nada en el expediente que indique lo contrario. Le está pidiendo probar un hecho negativo, y nada en las Partes 316 o 335 del Título 8 del C.F.R. convierte esa prueba en evidencia requerida para la naturalización.
Qué pide realmente la RFE
La plantilla es siempre la misma. Pide una certificación de la oficina electoral de cada jurisdicción donde usted ha residido, confirmando que no está registrado y que jamás emitió una boleta allí. Si usted vivió en cuatro condados de tres estados distintos a lo largo de veinte años, eso son una docena de oficinas.
El problema práctico es este. La mayoría de las oficinas electorales no emiten certificaciones de no-registro. Llevan registro de quién está inscrito. No certifican la ausencia de un registro para alguien que nunca estuvo en el sistema. Algunas harán una búsqueda y enviarán una carta de una línea diciendo “no se encontró registro”. Muchas le dirán, con razón, que no tienen ese documento para darle.
Es decir: con frecuencia la solicitud pide un documento que no existe.
Qué exige la ley en realidad
La carga de la prueba, y cuál es. Bajo 8 C.F.R. § 316.2(b), usted tiene la carga de establecer su elegibilidad para la naturalización por preponderancia de la evidencia. Preponderancia significa más probable que no. No significa descartar con documentos cada causa imaginable de inelegibilidad. Un N-400 firmado bajo pena de perjurio y un testimonio bajo juramento en la entrevista, sin nada en el expediente que los contradiga, cumplen ese estándar en cuanto al tema del voto.
Para qué existe una RFE. El mecanismo está en 8 C.F.R. § 103.2(b)(8). Lea el inciso (b)(8)(iii): USCIS puede pedir más información cuando “toda la evidencia inicial requerida fue presentada pero la evidencia presentada no establece la elegibilidad”. El presupuesto es una deficiencia en el expediente. Cuando el expediente no contiene ningún indicio de registro o de voto — ningún resultado en una base de datos, ninguna alerta del DMV, ningún testimonio inconsistente, ninguna información adversa de ningún tipo — no hay deficiencia que la RFE pueda subsanar. Una exigencia categórica, y no específica al caso, no es una solicitud de evidencia. Es un nuevo requisito de presentación impuesto solicitante por solicitante.
La facultad de mirar hacia atrás no alcanza para esto. 8 C.F.R. § 316.10(a)(2) sí permite que USCIS considere conducta anterior al período estatutario de cinco años. Pero esa facultad le permite a la agencia valorar conducta que aparece en el expediente. No traslada al solicitante la obligación de desvirtuar una conducta de la que no existe prueba alguna.
Cuando un documento no existe, el reglamento ya dice qué sigue. 8 C.F.R. § 103.2(b)(2) establece una jerarquía: evidencia primaria, luego evidencia secundaria, luego dos o más declaraciones juradas de personas con conocimiento personal directo. El inciso (b)(2)(ii) trata directamente el caso del registro inexistente: una constancia escrita en papel oficial de la autoridad correspondiente, que explique por qué el registro no existe. Exigir una certificación que la oficina emisora no va a producir, y después tratar su ausencia como una falla de prueba, es pedir algo que el propio reglamento no contempla.
Una agencia que impone un nuevo requisito de evidencia de manera generalizada, mediante RFE de plantilla en lugar de un proceso de reglamentación con aviso y comentario público, está creando una norma legislativa sin crearla. Una exigencia uniforme, desvinculada de los hechos del caso individual, es también lo que 5 U.S.C. § 706(2)(A) llama arbitrario y caprichoso.
Por qué está ocurriendo ahora
El voto y el registro siempre han tenido relevancia en la naturalización. Votar ilegalmente es causa de deportabilidad bajo INA § 237(a)(6)(A), 8 U.S.C. § 1227(a)(6)(A), con una excepción estrecha en el (a)(6)(B) para quien tuvo padres biológicos o adoptivos ambos ciudadanos, residió en este país antes de cumplir dieciséis años, y razonablemente creía ser ciudadano. Una falsa declaración de ciudadanía es una causa aparte en INA § 237(a)(3)(D)(i). Y votar siendo no ciudadano en una elección federal es delito federal bajo 18 U.S.C. § 611. El Formulario N-400 pregunta sobre registro y voto desde hace años.
Lo que cambió es la postura de la agencia. El 29 de agosto de 2025, USCIS emitió una alerta de política que modificó el Volumen 12, Parte F, Capítulos 1 y 5 de su Manual de Políticas, sobre buen carácter moral, voto ilegal y falsa declaración de ciudadanía estadounidense. Allí USCIS declaró que a los solicitantes en quienes encuentre una falsa declaración de ciudadanía o un voto ilegal se les emitirá una Notificación de Comparecencia (NTA) bajo INA § 237(a)(3)(D)(i) o § 237(a)(6)(A), salvo excepciones legales limitadas, y que por regla general negará la naturalización una vez iniciado el proceso de deportación.
Esa es la parte que la gente subestima. Un N-400 que antes arriesgaba una negación hoy puede colocar a un residente permanente legal en la corte de inmigración.
El empuje más amplio en gran medida ha fracasado en los tribunales. La Orden Ejecutiva 14248, firmada el 25 de marzo de 2025, ordenó a la Election Assistance Commission exigir prueba documental de ciudadanía en el formulario federal de registro de votantes. La jueza Kollar-Kotelly prohibió permanentemente el § 2(a) el 31 de octubre de 2025, y los §§ 2(d) y 3(d) el 30 de enero de 2026. El 24 de junio de 2026, en California v. Trump, No. 1:25-cv-10810-DJC (D. Mass.), la jueza presidenta Casper resolvió que la orden excedió la autoridad presidencial y prohibió permanentemente los §§ 2(a), 3(d), 4(a), 7(a) y 7(b) respecto de los estados demandantes, razonando que la Constitución deposita el control de las elecciones federales en los estados, sujeto a la supervisión del Congreso, y que el Presidente no tiene una facultad electoral propia. Una segunda orden, la Orden Ejecutiva 14399, siguió el 31 de marzo de 2026. La legislación sobre el mismo tema, el SAVE Act, es el H.R. 22 del Congreso 119.
Mientras tanto USCIS amplió su sistema SAVE — creado para verificar elegibilidad a beneficios públicos — para la verificación estatal de votantes, reportando acuerdos con 26 estados al momento de su anuncio del 3 de noviembre de 2025 y más de 46 millones de consultas de verificación en 2025. SAVE tiene vacíos de información conocidos, y un registro marcado con frecuencia pertenece a un ciudadano.
Las órdenes ejecutivas se pelearon en público. Estas RFE de naturalización se pelean expediente por expediente, por solicitantes que muchas veces no saben que la exigencia es improcedente.
Los errores que le cuestan el caso a la gente
Ignorarla. Bajo 8 C.F.R. § 335.7, si usted no responde dentro de 30 días de la notificación, USCIS resuelve la solicitud sobre el fondo conforme a 8 C.F.R. § 336.1. Lea el plazo que trae su propio aviso: el período de respuesta a una RFE no puede exceder doce semanas bajo 8 C.F.R. § 103.2(b)(8)(iv), pero en un caso de naturalización posterior a la entrevista suele ser de 30 días.
Objetar y nada más. Contestar que la solicitud es improcedente, sin documentos y sin declaración jurada, invita a una negación sobre un expediente vacío.
Contestar de memoria sobre el DMV. Los trámites de licencia han registrado como votantes a personas que no entendieron lo que firmaron. Si existe cualquier posibilidad de que una solicitud de licencia lo haya puesto en un padrón electoral, eso es una pregunta para un abogado antes de presentar algo, no después.
Ofrecer más de lo que le pidieron. Un relato sobre una visita de hace décadas a la oficina del secretario del condado crea un problema donde no había ninguno.
Qué hacer si recibe una
Responda, y responda a tiempo. Después construya el expediente:
- Use todas las herramientas estatales de búsqueda de votantes disponibles para cada estado donde haya vivido, y guarde los resultados con la fecha.
- Pida a cada autoridad electoral una carta de “sin registro”. Algunas secretarías de estado la emiten a solicitud.
- Documente cada oficina que contactó, con quién habló y qué le dijeron, incluidas las que le informaron que esa certificación no existe. Ese registro es evidencia.
- Presente una declaración jurada detallada que cubra su historial de registro y de voto en cada jurisdicción.
- Objete por escrito el alcance de la solicitud, identificando los reglamentos citados arriba. La objeción preserva el tema para una revisión posterior.
Si USCIS todavía no resuelve su caso 120 días después de su examen, usted no tiene que esperar indefinidamente. INA § 336(b), 8 U.S.C. § 1447(b), le permite presentar una petición en la corte federal de distrito donde usted vive. Esa corte tiene jurisdicción y puede resolver la solicitud ella misma o devolverla a la agencia con instrucciones. Con frecuencia la sola presentación provoca una decisión.
Si ya se emitió una Notificación de Comparecencia, o si USCIS planteó una alegación de falsa declaración de ciudadanía o de voto ilegal, el asunto dejó de ser un problema de N-400. Es un caso de deportación con una solicitud de naturalización dentro, y el orden en que se presentan las cosas empieza a importar mucho.
Qué dice la otra parte
La administración presenta todo esto como integridad electoral, y partes del argumento son razonables. Solo los ciudadanos pueden votar en elecciones federales, y el gobierno tiene un interés legítimo en verificarlo. Los sistemas de registro automático en el DMV sí han inscrito a no ciudadanos, a veces sin que lo entendieran. El registro ilegal y el voto ilegal son impedimentos legales y causas de deportación, de modo que examinarlos está dentro del mandato de la agencia, y la carga de la prueba sí recae en el solicitante.
La disputa es sobre escala y fundamento. Las auditorías y los registros marcados por SAVE han arrojado repetidamente números pequeños frente al tamaño de los padrones, los registros marcados muchas veces resultan ser de ciudadanos, y una corte federal ya resolvió que el Ejecutivo carecía de la autoridad que invocó. Verificar cuando el expediente da motivo para verificar es una cosa. Imponer una exigencia documental a todo solicitante sin ninguna base individualizada es otra.
Si tiene una de estas en la mano
Una RFE de naturalización sobre historial de voto no es correspondencia de rutina, y tratarla como rutina es la forma en que un caso sencillo se convierte en un caso judicial. Mi oficina maneja naturalización en todo el país, incluidas respuestas a RFE y peticiones bajo § 1447(b) cuando USCIS no resuelve.
Si ya se emitió una Notificación de Comparecencia o hay riesgo de deportación, la consulta es gratuita: llame al (562) 495-0554 o reserve en blerner.timetap.com. Para una pregunta de N-400 o de RFE sin exposición a deportación, una consulta de 20 minutos cuesta $250 y se reserva en el mismo enlace.
Read this in English: USCIS Wants You to Prove You Never Registered to Vote.
Este artículo contiene información general sobre la ley de inmigración de los Estados Unidos y no constituye asesoría legal. Leerlo no crea una relación abogado-cliente. Los resultados en casos de inmigración dependen de los hechos específicos de cada caso. Law Offices of Brian D. Lerner, A Professional Corporation, 3233 E. Broadway, Long Beach, CA 90803. Brian D. Lerner es Especialista Certificado en Derecho de Inmigración y Nacionalidad por el Board of Legal Specialization del Colegio de Abogados del Estado de California (The State Bar of California).