Si usted está en proceso de deportación, cada documento que le queda por presentar cuesta más a partir del 1 de octubre de 2026. Y si envía el monto anterior en algo que llega en esa fecha o después, EOIR lo rechaza — lo cual, en una apelación, le puede costar la apelación misma.
El Departamento de Justicia publicó la nueva tabla el 21 de agosto de 2026, en una regla final titulada Inflation Adjustment for EOIR OBBBA Fees; Fiscal Year 2027. Modifica las tablas de cuotas en 8 C.F.R. § 1103.7 y entró en vigor sin período de comentarios, porque el Departamento está obligado a hacer el ajuste bajo la One Big Beautiful Bill Act, Pub. L. 119-21. El aumento es de 3.4 por ciento, atado al cambio del Índice de Precios al Consumidor entre julio de 2025 y julio de 2026.
El 3.4 por ciento no es lo importante. Lo importante es la regla sobre la fecha de presentación.
¿Cuánto cuesta cada trámite de EOIR desde el 1 de octubre de 2026?
Cada trámite ante EOIR ahora tiene dos partes: la cuota antigua que se cobra bajo INA § 286(m), 8 U.S.C. § 1356(m), y la cuota OBBBA encima de ella. Solo se ajustó la parte OBBBA. Estos son los totales.
| Trámite | Cuota § 286(m) | Cuota OBBBA | Total |
|---|---|---|---|
| Formulario EOIR-26, apelación de una decisión del juez de inmigración | $110 | $950 | $1,060 |
| Formulario EOIR-29, apelación ante la BIA de una decisión de un oficial de DHS | $110 | $950 | $1,060 |
| Moción para reabrir o reconsiderar ante el juez de inmigración | $145 | $950 | $1,095 |
| Moción para reabrir o reconsiderar ante la BIA | $110 | $950 | $1,060 |
| Formulario EOIR-42A, cancelación de remoción para ciertos residentes permanentes | $100 | $630 | $730 |
| Formulario EOIR-42B, cancelación de remoción para ciertos no residentes permanentes | $100 | $1,590 | $1,690 |
| Formulario EOIR-40, suspensión de deportación | $100 | $630 | $730 |
Mire la línea del EOIR-42B. Una persona sin residencia permanente que solicita cancelación de remoción — diez años de presencia física continua, buen carácter moral, y sufrimiento excepcional y extremadamente inusual para un familiar calificado — paga $1,690 para presentar la solicitud. Eso es antes de la cuota biométrica, antes de cualquier trámite ante DHS, y antes de un solo dólar de representación legal.
La regla que de verdad decide si su dinero sirve
La regla lo dice claramente: los montos del año fiscal 2027 se exigen para cualquier trámite presentado el 1 de octubre de 2026 o después. No firmado antes. No enviado por correo antes. Presentado.
Y EOIR va a seguir rechazando cualquier documento que no llegue acompañado de la cuota correcta o de una solicitud de exención de cuota.
¿Por qué un documento rechazado es peor que uno caro?
Una apelación de la decisión de un juez de inmigración ante la Junta de Apelaciones de Inmigración se debe presentar dentro de 30 días calendario contados desde la decisión. 8 C.F.R. § 1003.38(b). Treinta días calendario. No treinta días hábiles, y no treinta días desde que le llega la decisión por correo.
Un documento rechazado por cuota insuficiente no cuenta como presentado. El reloj no se detiene mientras el rechazo regresa a sus manos. Si usted envía su apelación el día 26 con un cheque de $1,030 — el monto del año pasado — y llega a la Junta el 2 de octubre, se la devuelven. Para cuando la tiene otra vez, el día 30 ya pasó y la orden de deportación quedó firme.
He visto ese mismo mecanismo quitarle el caso a una persona por una firma que faltaba o una dirección vieja. La versión de la cuota va a pasar en octubre, y le va a pasar a gente que no hizo nada mal, salvo usar un número que buscó en septiembre.
La misma aritmética aplica a la moción para reconsiderar, que tiene su propio plazo de 30 días, y con más margen pero la misma lógica a la moción para reabrir, que generalmente se presenta dentro de los 90 días de la orden administrativa final. INA § 240(c)(7)(C)(i); 8 C.F.R. § 1003.23(b)(1).
Qué se puede exentar y qué no
El juez de inmigración todavía puede exentar una cuota de una moción o de una solicitud de alivio si se demuestra que la persona no puede pagarla. 8 C.F.R. § 1003.24(d). Esa facultad sobrevivió a OBBBA y es lo primero que hay que revisar para alguien que no puede reunir $1,690.
Dos mociones no llevan cuota OBBBA en absoluto. Bajo 8 U.S.C. § 1812(g)(3), la cuota OBBBA no aplica a una moción para reabrir una orden de remoción dictada in absentia bajo INA § 240(b)(5)(C)(ii), ni a una moción para reabrir una orden de deportación in absentia bajo el antiguo INA § 242B(c)(3)(B). Si a usted lo ordenaron deportar porque faltó a una audiencia, no permita que nadie le diga que los $950 aplican.
Las cuotas de asilo no se pueden exentar. La cuota de la solicitud de asilo no se puede exentar ni reducir, 8 C.F.R. § 1208.3(a)(1), y tampoco la cuota anual de asilo, 8 C.F.R. § 1103.7(b)(4)(iii). No hay ninguna puerta de “no puedo pagar” en ninguna de las dos.
La cuota anual de asilo se está cobrando ahora mismo
Esto es aparte del aumento de octubre y está agarrando desprevenida a mucha gente que supone que el litigio la detuvo.
La cuota anual de asilo — que se cobra por cada año calendario que una solicitud de asilo sigue pendiente — fue pausada por orden judicial a finales de 2025. Esa suspensión se levantó el 2 de febrero de 2026. USCIS y EOIR la han estado cobrando desde entonces. El caso Asylum Seeker Advocacy Project v. USCIS sigue pendiente en el Distrito de Maryland, con los alegatos de sentencia sumaria completados en agosto de 2026. Nada en ese litigio impide hoy que la cuota se venza.
Sí hubo un alivio importante. El 24 de julio de 2026, la Junta determinó que la cuota anual de asilo no alcanza a las solicitudes de retención de remoción (withholding) ni de protección bajo la Convención Contra la Tortura. Si su solicitud es solo de withholding o CAT, esa cuota no le corresponde.
Si usted tiene una solicitud de asilo pendiente y no ha revisado si le toca una cuota anual, revíselo esta semana.
Los errores que van a costar casos este otoño
Usar un monto que buscó antes de octubre. Toda tabla publicada antes del 21 de agosto ya está equivocada. Confirme el monto en el portal de pagos de EOIR el mismo día que pague.
Calcular la presentación según la cuota en vez del plazo. La diferencia entre el monto viejo y el nuevo es de $30 en una apelación y $50 en un EOIR-42B. Nadie debe recortar un plazo por ahorrar $50. Presente cuando el caso esté listo y el plazo lo exija, y pague lo que diga la tabla ese día.
Suponer que pedir una exención le da más tiempo. No extiende el plazo. Presente la solicitud de exención junto con el documento, dentro del plazo.
Suponer que el litigio de la cuota de asilo lo protege. Hoy no lo protege.
Qué hacer
Si usted tiene en la mano una decisión del juez de inmigración, cuente 30 días desde la fecha de la decisión y trabaje hacia atrás desde ahí, no desde el cambio de cuota. Si está preparando un EOIR-42B, presupueste $1,690 y pregunte por la exención del § 1003.24(d) si esa cifra está fuera de su alcance. Si tiene una solicitud de asilo pendiente, verifique la cuota anual esta semana.
Los casos de deportación se deciden por plazos mucho más seguido que por hechos. Una tabla de cuotas solo es peligrosa porque interactúa con un plazo, y esa interacción es la parte que casi nadie lee.
Si usted o un familiar está en proceso de deportación o detenido, el tiempo es corto y ya está corriendo. Llame al (562) 495-0554 o reserve una consulta gratuita en blerner.timetap.com.
Este artículo contiene información general sobre la ley de inmigración de los Estados Unidos y no constituye asesoría legal. Leerlo no crea una relación abogado-cliente. Los resultados en casos de inmigración dependen de los hechos específicos de cada caso. Law Offices of Brian D. Lerner, A Professional Corporation, 3233 E. Broadway, Long Beach, CA 90803. Brian D. Lerner es Especialista Certificado en Derecho de Inmigración y Nacionalidad por el Board of Legal Specialization del Colegio de Abogados del Estado de California (The State Bar of California).